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El modelo laboral de las plataformas digitales de reparto

Las plataformas digitales de reparto conectan a clientes y prestadores de servicios.  Los vendedores ofrecen productos y servicios, los usuarios compran y los repartidores entregan, todo esto en un escenario virtual en donde se mueve de manera constante la oferta y la demanda, así mismo, un escenario físico en el que se hace efectiva la entrega de los productos. 

Esto genera un modelo laboral difuso que merece especial atención de los gobiernos nacionales y las organizaciones sindicales, toda vez que los representantes legales de estas empresas niegan cualquier vínculo laboral bajo un supuesto de autonomía y flexibilización laboral de los trabajadores. Además, consideran a los repartidores como asociados o trabajadores independientes.

Pues bien, la falta de regulación legal de la nueva forma de trabajo que surgió en las plataformas digitales de reparto conduce a una precariedad porque los trabajadores no cuentan con las garantías mínimas del pago de salarios y prestaciones sociales, no tienen un horario laboral acorde con el desarrollo de su actividad, no cuentan con acceso al Sistema Integral de Seguridad Social (salud, pensión y ARL), ni a indemnización en caso de despido injusto, tampoco al suministro de dotación de vestido de labor y calzado, herramientas de trabajo, elementos de protección, entre otros.

Dada la connotación especial de las plataformas digitales, los trabajadores también exigen que se revisen el funcionamiento de los algoritmos y presuntos bloqueos que no les permiten trabajar, los recorridos de largas distancias, las tarifas injustas que les son reconocidas, el sistema de puntos que genera competencia desleal, transparencia con las propinas, los problemas de seguridad, entre otras situaciones de connotación laboral.

En Colombia, las plataformas de reparto digital como Rappi, Uber Eats, Mensajeros Urbanos, Glovo y Domicilios.com son una fuente de subsistencia para una gran parte de la población migrante y con baja empleabilidad. Rappi, domina el mercado de reparto digital y está en el centro de atención porque sus repartidores han sido constantes en la reclamación del reconocimiento de sus derechos laborales, pero la plataforma de reparto insiste en negar la existencia de alguna relación laboral con el argumento de que existe una relación contractual que se perfecciona mediante la aceptación de los “términos y condiciones”. No obstante, las cláusulas contenidas en en este documento son consideradas abusivas porque se impone la voluntad de Rappi.

Como consecuencia de la inconformidad sostenida de los trabajadores de las plataformas digitales de reparto, se creó con el apoyo de la Central Unitaria de Trabajadores CUT y de varias ONG´s, la organización sindical de primer grado y de industria denominada Unión de Trabajadores de Plataformas Digital UNAPP. Recientemente, esa organización sindical (en reuniones acompañadas por  el Ministerio de Trabajo), lograron llegar a acuerdos para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores.  Uno de estos, es la modificación de las notificaciones en el proceso de recogida de órdenes de parte de los repartidores que se reducen de 16 a máximo 3, esto fue un logro para los trabajadores, quienes señalaban su inconformidad con la cantidad de notificaciones que recibían de la aplicación mientras recogían las órdenes porque eran muchas y afectaban su seguridad mientras realizaban sus recorridos.

Así mismo, se estableció que las órdenes de ´RappiFavor´ son exclusivamente para recoger o entregar un producto o paquete.  Además, revisarán los sistemas que generan inhabilitación de las cuentas de los repartidores en ´Soy Rappi’. Todavía falta discutir la tarifa mínima garantizada, la revisión de los procesos de inhabilitación de cuentas, las zonas de acondicionamiento y parqueo para repartidores, temas de seguridad y salud en el trabajo, etc.

Por su parte, el Gobierno Nacional el 23 de noviembre de 2023, presentó la ponencia positiva para modificar el Código Sustantivo del Trabajo y otras normas laborales.  En el texto, en sus art. 27 a 33 reguló la actividad de los trabajadores digitales en servicio de reparto, es así como estableció que las modalidades de trabajo en estas plataformas son dependientes y subordinados que se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo o independientes y autónomos que van a estar reguladas por disposiciones y protecciones especiales, sin perjuicio del respeto al principio de la primacía de la realidad sobre las formas.  Las empresas de plataformas digitales de reparto deberán informar de forma clara y en un lenguaje sencillo a los trabajadores el alcance de las dos modalidades de trabajo a través de la plataforma digital de reparto o de la herramienta tecnológica a la que tenga acceso el trabajador.

Toda empresa de plataformas digitales de reparto tendrá que realizar su inscripción ante el Ministerio del Trabajo e informar trimestralmente el número de trabajadores activos en la plataforma digital de reparto en la modalidad dependiente y subordinada o independiente y autónoma.

Una vez descrita la situación laboral actual de los trabajadores de las plataformas digitales de reparto, resulta sorprendente el estado de precariedad en que se encuentran ante las nuevas herramientas tecnológicas que traen ventajas para los dueños de las plataformas y los usuarios del servicio, pero no para sus trabajadores a quienes se les cercenan sus derechos. 

Lo positivo de todo esto, es que, ante la avalancha de reclamaciones, protestas y manifestaciones, los representantes legales de estas empresas comienzan a aceptar su obligación legal de categorizar a sus trabajadores y mejorarles sus condiciones laborales.

Si es de su interés, puede consultar las referencias bibliográficas de este ensayo:

Valencia, C., Bedoya, M y Ocampo, B.  (1 noviembre de 2023). Conflictos en plataformas digitales: precariedad laboral y acción colectiva de los trabajadores de Rappi en Colombia. https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/13427/11986

Rappi y sindicato llegaron a acuerdo para mejorar condiciones laborales. (13 de septiembre de 2023).  Ámbito Jurídico https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/rappi-y-sindicato-llegaron-acuerdo-para-mejorar-condiciones-laborales

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